En Carriedo Legal hemos logrado acreditar la relación de causalidad entre la falta de actuación diligente del facultativo y el resultado desfavorable de la paciente, obteniendo una condena de 70.000 euros en concepto de indemnización para la familia.
Se condena a HM Hospitales y a Mapfre por negligencia médica derivada de un retraso diagnóstico y terapéutico que compromete gravemente el pronóstico vital de la paciente, con la evolución de la enfermedad y el fallecimiento posterior.
Los hechos
La paciente de 59 años se sometió a una colecistectomía laparoscópica (extirpación de la vesícula) en el centro HM Torrelodones y el informe de anatomía patológica posterior a la cirugía, arrojó un resultado de carcinoma. Sin embargo, dicho informe no se consultó ni comunicó a la paciente por el cirujano responsable ni por el centro hospitalario durante un periodo de dos meses y medio.
Este fallo en el protocolo de gestión de resultados críticos, atribuible a una mala praxis asistencial y una desorganización del hospital, impidió que la paciente recibiera el tratamiento oncológico adecuado de forma inmediata.
El fundamento de la condena y de la indemnización
El Juzgado de Instrucción número 49 de Madrid ha condenado a HM Hospitales y a su asegurador civil profesional, Mapfre, al acoger nuestros argumentos y estimar que el retraso en la comunicar a la paciente que sufría un cáncer y en el inicio de tratamiento oncológico redujo considerablemente sus probabilidades de supervivencia.
En concreto, la paciente tenía un 26% de posibilidades de curación completa para la paciente, y hasta un 68% de afectación únicamente locorregional de no haber mediado una negligencia médica.
La sentencia así mismo establece que la omisión del diagnóstico no fue únicamente un error individual del facultativo, sino una falta de diligencia y una evidente descoordinación imputable al propio centro sanitario. El tribunal aprecia la ausencia de un protocolo de aviso eficaz que garantizara la comunicación inmediata de resultados críticos de anatomía patológica (especialmente en pacientes postquirúrgicos) al servicio de cirugía. Esta deficiencia sistémica en los procedimientos internos evidenció una falta de coordinación que contraviene la lex artis profesional, máxime en casos con potencial maligno como el de la paciente con cáncer de vesícula biliar.
En este caso, en Carriedo Legal intentamos en reiteradas ocasiones alcanzar un acuerdo extrajudicial con los demandados al tratarse de un error evidente e incluso reconocido por los condenados en sede judicial. No obstante, nunca estuvieron abiertos a nuestras propuestas.
Esto implica que, aunque en ocasiones no se consigan acuerdos, no significa que no exista negligencia médica y que no podamos acreditarlo. Para ello contamos con peritos colaboradores con experiencia tanto clínica como en los tribunales, y solo continuamos nuestra reclamación en sede judicial si tenemos expectativas reales y sólidas de ganar el pleito.