En el ámbito de las negligencias médicas, existe la creencia de que solo se puede reclamar una indemnización cuando el cirujano "comete un error" durante la intervención, o si el tratamiento fue técnicamente incorrecto. Sin embargo, en el ordenamiento jurídico español, la falta de consentimiento informado constituye por sí misma una vulneración de la Lex Artis que genera derecho a resarcimiento en algunas situaciones.
En estos casos, los abogados expertos en negligencias médicas defendemos e intentamos demostrar un principio fundamental: la vulneración de la autonomía del paciente, pues seguramente, si hubiera sido informado de forma correcta, en ese caso, cabría la posibilidad de que el paciente no se habría sometido a un tratamiento cuyo resultado generó un daño físico o moral.
¿Qué es el consentimiento informado? Más que una firma
Aunque en la práctica y la mayoría de las veces el consentimiento informado es un mero trámite administrativo o un “papel” que se firma a toda prisa antes de entrar en quirófano, forma parte de un protocolo muy serio, y que, en caso de complicación médica, es determinante para un proceso por reclamación médica.
Según la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, es un proceso clínico continuo de comunicación entre médico y paciente.
Este derecho, basado precisamente en el principio de autonomía, garantiza que toda persona pueda tomar decisiones libremente y voluntarias sobre su propia salud tras recibir información adecuada, veraz y suficiente sobre:
- Los riesgos típicos de la intervención.
- Los riesgos personalizados (según la edad o por patologías previas).
- Las alternativas terapéuticas disponibles.
- Las consecuencias de no realizar el tratamiento.
La vulneración del derecho fundamental a la autodeterminación
En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido tajante: el consentimiento informado es una manifestación del derecho fundamental a la integridad física y a la libertad personal. Una omisión que impide que la persona decida libremente sobre su cuerpo y su salud, violando su integridad física o moral, o incluso generar responsabilidad civil, incluso si la intervención médica fue la correcta, pero se ha materializado un riesgo típico.
Cuando un médico omite información sobre un riesgo relevante y ese riesgo termina materializándose, se está produciendo una violación del derecho de autodeterminación. En estos casos, aunque la técnica quirúrgica haya sido impecable y el resultado sea el esperado desde un punto de vista clínico, el paciente ha sido privado de la oportunidad de decir «no».
- Clave legal: Si el paciente hubiera sabido que existía un 10% de probabilidad de sufrir una secuela concreta y, de haberlo sabido, no se habría operado, el médico ha vulnerado su derecho a decidir y el consentimiento que prestó en base a información errónea o incompleta, se considera viciado.
Clases de consentimiento informado en el ámbito hospitalario
1. Consentimiento verbal
Es la forma más frecuente. Se da en el día a día de las consultas. Cuando un médico decide pautar, por ejemplo, una analítica de sangre, una radiografía convencional o un cambio en una medicación oral.
- Es válido en actuaciones médicas de riesgo mínimo o en procesos diagnósticos rutinarios.
- El requisito legal: aunque sea verbal, el médico debe dejar constancia en la hoja de evolución de la historia clínica de que el paciente ha sido informado y ha aceptado.
2. Consentimiento escrito
Es el escenario donde se producen la mayoría de negligencias por falta de información que defendemos en el despacho. La ley exige que sea por escrito en los siguientes casos
- Intervenciones quirúrgicas: desde una cirugía menor hasta trasplantes.
- Procedimientos diagnósticos invasivos: por ejemplo, una colonoscopia, un cateterismo o una biopsia.
- Procedimientos con riesgos notorios: tratamientos de quimioterapia, radioterapia o técnicas que impliquen riesgos claros para la salud del paciente.
3. Consentimiento por representación (casos especiales)
Son aquellas situaciones donde el paciente no puede ejercer su derecho de autodeterminación, y el consentimiento debe ser firmado por familiares o allegados:
- Incapacidad de hecho: cuando el paciente no tiene capacidad física o intelectual para comprender la situación (coma o demencia severa, entre otros supuestos).
- Menores de edad: generalmente lo firman los padres o tutores, aunque los mayores de 16 años o emancipados pueden decidir por sí mismos, salvo en casos de riesgo vital grave.
- Riesgo para la salud pública: es de los pocos casos donde se puede actuar sin consentimiento (por ejemplo, en el caso de enfermedades infectocontagiosas graves que exijan cuarentena).
¿Cómo se puede reclamar sin error médico?
Para que una reclamación por falta de consentimiento prospere, deben darse ciertos requisitos que analizamos minuciosamente en nuestro despacho:
- Omisión de riesgos típicos. Es decir, que el daño sufrido sea una complicación frecuente o relevante de la que no se informó.
- Falta de antelación. El documento debe entregarse con el tiempo suficiente para ser meditado; no es válido si se entrega cuando el paciente ya está bajo los efectos de la preanestesia.
- Inexistencia de alternativas. No informar de que existían tratamientos menos invasivos o alternativos, también constituye una negligencia.
En estos supuestos, la indemnización no busca reparar un «daño físico por mala praxis», sino compensar el daño moral derivado de que el paciente no ha podido gestionar su propia salud con total conocimiento de causa.
Preguntas frecuentes sobre el consentimiento informado (FAQS)
1. ¿Puedo reclamar una indemnización si se materializó un riesgo sin mediar negligencia?
Sí. La ley establece que el paciente tiene derecho a ser informado de todos los riesgos típicos y relevantes. Si has sufrido una complicación de la que no fuiste advertido, se ha vulnerado tu derecho a la autodeterminación. En estos casos, aunque no exista un error técnico en el quirófano, se puede reclamar una indemnización por «daño moral» y por la pérdida de oportunidad de haber rechazado la intervención.
2. ¿Es válido un consentimiento informado firmado, justo antes de entrar a quirófano?
Generalmente, no. El consentimiento informado forma parte del proceso, no es solo un mero trámite con una firma. Para que legalmente sea válido, debe entregarse con antelación suficiente para que el paciente pueda reflexionar, realizar preguntas y valorar posibles alternativas. Firmar bajo los efectos de la preanestesia o en la misma puerta de quirófano puede considerarse una práctica nula que invalida el proceso informativo.
3. ¿Quién debe demostrar que se dio la información: el paciente o el hospital?
En el derecho sanitario español, existe una norma general que dice que “cada parte debe probar lo que alega”. Sin embargo, en materia de consentimiento informado, se permite realizar una inversión de la carga de la prueba en aquellos casos en los que existen dudas sobre el proceso informativo y la firma del consentimiento informado.
Las dudas no pueden beneficiar a quien las generó ni a quien tiene la obligación de documentar correctamente el historial médico y procurar un proceso informativo idóneo. En esos casos, es el médico o el centro hospitalario quien tiene la obligación de demostrar que informó correctamente al paciente. Si no existe un documento escrito (en los casos que la ley lo exige) o si este es demasiado genérico y no contempla riesgos personalizados, el hospital tendrá que defender su postura ante una reclamación.
Carriedo Legal: protegemos tu derecho a decidir
Si existen dudas sobre el proceso informativo y la firma del consentimiento informado, se permite realizar una inversión de la carga de la prueba, que en este caso recae en el hospital o centro sanitario. Es el médico o facultativo quien debe demostrar que informó correctamente. Por tanto, si piensas que no te explicaron la existencia de posibles riesgos en una intervención de la forma y en el momento adecuado, es muy probable que estemos ante un caso de responsabilidad sanitaria.
En Carriedo Legal, como referentes en grandes casos por negligencias en España, analizamos tu historial clínico y el protocolo de consentimiento para determinar la viabilidad de tu indemnización.